Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción establece que una de las atribuciones del Comité de Participación Ciudadana (CPC), es la de proponer proyectos de mejora para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones competentes de los diversos órdenes de gobierno (artículo 21, f. VII, inciso c).
Conscientes de la importancia de promover la documentación y digitalización de todo acto que derive del ejercicio de las facultades, competencias o funciones de quienes integran el Sistema Nacional Anticorrupción, con el fin de facilitar la transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas sobre su funcionamiento, el CPC en colaboración con la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA), han impulsado el proyecto estratégico “Reto SESNA sin papel”.
El internet y las tecnologías de la información han transformado la manera en que los ciudadanos interactuamos entre nosotros y con nuestro gobierno. En México, por ejemplo:
Estos cambios tecnológicos están obligando a los gobiernos a modernizarse y a utilizar la tecnología para volverse más eficientes y generar una relación más horizontal con la ciudadanía.
Algunos de los principales beneficios de dejar el papel son:
Los beneficios de dejar el papel en el gobierno y de avanzar hacia un gobierno digital están comprobados. Cifras del gobierno de Estonia, quienes han digitalizado el 99% de sus servicios gubernamentales, revelan que este esfuerzo ha generado un ahorro anual de 1,400 años de trabajo, cada año.
La SESNA inició un proyecto piloto interno para probar y documentar la implementación de dos acciones en la generación de documentos digitales y transparentes por defecto con el objetivo de:
Desde octubre de 2018, la SESNA implementó una herramienta de e.firma y un Sistema de Control de Gestión (SCG).
El resultado de estas acciones fue:
Marco normativo
La e.firma tiene la misma validez y produce los mismos efectos que la firma autógrafa (artículos 1º; 2, fracciones IV, V, XIII y XIV; 7, 8 y 9, Ley de Firma Electrónica Avanza). Además, los sujetos obligados pueden utilizar la e.firma para la gestión documental con fundamento en el artículo 63 de la Ley General de Archivos.
La implementación de la e.firma debe tener en consideración las capacidades de las herramientas para brindar seguridad y eficiencia. La ventaja de que las personas adopten la e.firma es que esta tecnología permite:
Un ejemplo claro de la utilidad de la e.firma es la Plataforma de Ética de la Abogacía Mexicana.
Un SCG permite registrar, atender y consultar documentos a través de una herramienta informática; facilita la clasificación y la preservación de la información. El propósito de estos sistemas es volver la gestión documental más eficiente y promover la transparencia proactiva al facilitar la identificación de información de interés público.
Si quieres saber más de cómo utilizar la e.firma escríbenos a: [email protected]
Blog de Gob.mx: ¿Qué es la e.firma?
SAT, Obtención de e.firma